¿Tengo que pagar una derrama si voté en contra?
En general, sí. Los acuerdos de la junta obligan a todos los propietarios, también a los que votaron en contra. La excepción son las instalaciones o los servicios comunes nuevos que la ley no exige, como una piscina, cuando su coste total supera la cuarta parte del presupuesto anual de la comunidad. En ese caso, quien votó en contra no tiene que pagarlos, pero tampoco puede usarlos mientras no pague su parte. Si cree que el acuerdo es ilegal o le perjudica gravemente, puede impugnarlo, aunque eso no le libra de pagar mientras tanto.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLa excepción de las instalaciones nuevas
El Código Civil de Cataluña libra de pagar a quien votó en contra de una instalación o un servicio común nuevo que la ley no exige, si su coste total supera la cuarta parte del presupuesto anual vigente de la comunidad. Para hacer la cuenta se descuentan del coste las subvenciones o ayudas públicas y los gastos de financiarlo con un banco. El límite se mide con el coste total y con el presupuesto de la comunidad, no con lo que le toca pagar a usted. Un ejemplo con un presupuesto anual de 40.000 euros, cuya cuarta parte son 10.000:
- Una piscina nueva de 60.000 euros sin subvención supera el límite. Quien votó en contra no la paga, pero solo podrá usarla si paga su parte del coste y del mantenimiento, actualizada con el índice de precios de consumo.
- Una instalación nueva de 8.000 euros no lo supera. La paga también quien votó en contra.
Si no fue a la junta, también puede acogerse a esta excepción si se opone al acuerdo por escrito, enviado a la secretaría de la comunidad por un medio que deje constancia, dentro del mes siguiente a la notificación. Si no lo hace, se entiende que acepta el acuerdo. En el resto de España, la Ley de Propiedad Horizontal libra al que vota en contra de una mejora no necesaria si la parte que le toca pagar supera tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Cuándo paga aunque votara en contra
La excepción no sirve para:
- Las obras de conservación y reparación del edificio, como arreglar la fachada o la cubierta.
- Las obras e instalaciones que exige la ley por razones de seguridad, habitabilidad, accesibilidad o eficiencia energética. Quien se opone sin causa a las que ordena la Administración, o las retrasa, responde además de las multas que se impongan por ello.
- La instalación de un ascensor y la supresión de barreras arquitectónicas, que la ley pone a cargo de todos los propietarios.
- Las instalaciones comunes de ahorro de energía o de agua y las de energías renovables de uso común, como unas placas solares para todo el edificio, si su coste, descontadas las subvenciones, no pasa de las tres cuartas partes del presupuesto anual de gastos ordinarios. Con un presupuesto ordinario de 40.000 euros, las pagan todos si cuestan hasta 30.000.
Si no está de acuerdo
Puede impugnar el acuerdo en el juzgado si es contrario a la ley o a los estatutos, si es abusivo, si va contra los intereses de la comunidad o si le perjudica gravemente. En los dos primeros casos tiene un año desde que se le notifica el acta y en los demás, tres meses. Desde abril de 2025, antes de demandar hay que intentar, en general, una negociación con la otra parte, aunque no está claro que haga falta para impugnar un acuerdo de la comunidad. Lo prudente es no esperar al final del plazo. Para impugnar tiene que estar al corriente de las deudas con la comunidad que hubieran vencido cuando se tomó el acuerdo, o depositar su importe. La impugnación no suspende el acuerdo, salvo que el juez lo decida como medida cautelar. Por eso, si deja de pagar la derrama mientras tanto, la comunidad puede reclamársela.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.